Complementos
A. Conducta profesional ex ante la relación con el cliente o el coachee
- El Coach ICMF no discrimina ni edad, género, raza, etnia, cultura, nacionalidad, religión, credo político, orientación sexual, discapacidad, estatus socioeconómico o cualquier otro motivo similar.
- El Coach ICMF no aceptará ninguna relación, que le lleve a incumplir este código de ética o legislación vigente.
- El Coach ICMF indagará si Cliente o Coachee está sometido a tratamiento psicológico o psiquiátrico y, si fuera el caso, se abstendrá de iniciar la relación o consultará e intercambiará criterios con el profesional que atiende al posible Cliente o Coachee.
- El Coach ICMF informará al Cliente o Coachee del marco de confidencialidad que regirá durante la relación, en cuanto a los datos y la información relacionada con su persona.
- Antes de iniciar la relación, ambas partes (Coach y Cliente o Coachee y/o Patrocinador) intercambiarán impresiones sobre las características de la relación. Por ejemplo: aclarar qué es y qué no es coaching, derechos y expectativas de ambos, naturaleza de la relación, metodología de trabajo, periodicidad de las sesiones y el costo; entre otros. En otras palabras, definirá las condiciones generales del acuerdo.
- El Coach Miembro de ICMF explicarán la estructura de sus tarifas con el cliente, antes de la primera sesión de coaching.
- Cuando el Coach Miembro de ICMF aceptara trabajar con un Cliente o Coachee es porque siente que tiene el conocimiento, las habilidades y destrezas suficientes y, además, porque está dispuesto a confiar en el potencial del Cliente o Coachee.
- El Coach Miembro de ICMF identificará con precisión sus títulos, experticia, experiencia, certificaciones y referencias relacionados con el coaching, así como otras formaciones y referencias relacionadas.
- Cuando el Coach Miembro de ICMF decida iniciar una relación con un patrocinador en la que participen varias personas, expondrá desde el inicio y con transparencia los distintos roles, expectativas y objetivos de cada una de las partes.
- El Coach Miembro de ICMF es consciente de sus capacidades, habilidades, competencias, nivel de experiencia, al tiempo que también conoce sus limitaciones; por lo tanto, no iniciará un proceso que requiera ir más allá de su experiencia práctica o su formación. En caso de ser necesario, y en base a un análisis objetivo, podrá derivar y/o recomendar al Cliente o Coachee a otro profesional según corresponda.
- Un Coach Miembro de ICMF puede hacer declaraciones públicas respecto a si mismo o por terceros ya sea directa o indirectamente. En cualquier caso, el Coach ICMF se esforzará en asegurarse que esas declaraciones públicas sean verdaderas.
- El Coach Miembro de ICMF acepta y reconoce que cada colega genera valor con su creatividad en el universo de herramientas y materiales, en sus procesos de coaching o de formación. Por lo tanto, respeta esa labor y no violará los derechos reservados, aunque no hayan sido registrados legalmente; porque la confianza y respeto entre Coaches es un requisito ético trascendental.
B. Conducta profesional durante la relación con el cliente o coachee
- El Coach Miembro de ICMF no efectuará declaraciones engañosas o falsas, sobre lo que el Cliente puede esperar de él. Ni de su experiencia, ni de su formación sobre su relación con la Federación.
- El Coach Miembro de ICMF hará todos los esfuerzos para cuidar y preservar el prestigio de la profesión.
- El Coach Miembro ICMF mantiene altos estándares de competencia en su trabajo. Para ello invertirá en la actualización. la mejora de sus capacidades y sus destrezas profesionales.
- El Coach Miembro ICMF no mantendrá relaciones amorosas con su Cliente o Coachee, ni con sus Patrocinadores.
- El Coach Miembro de ICMF es consciente del posible conflicto de intereses que pudiera surgir en la relación con el Cliente o Coachee; por lo tanto, no obtendrá intencionadamente ninguna ventaja ni beneficio personal o profesional como resultado de su relación con el Cliente o Coachee, excepto por la compensación o retribución de sus servicios, según lo estipulado en el acuerdo entre ambas partes.
- El Coach Miembro de ICMF respetará en todo el proceso las decisiones que el Cliente o Coachee adopte respecto al resultado de las sesiones, no sin antes asegurarse de que comprenda las consecuencias de sus decisiones; excepto en el caso que pueda percibir que puedan causar daños a sí mismo, a otros coaches o a terceros. En estas circunstancias, actuará según disposiciones legales de su país, siempre con prudencia y objetividad.
- El Coach Miembro de ICMF respetará el derecho del Cliente o Coachee para dar por concluida la relación en cualquier momento, según el acuerdo. No obstante, transmitirá con respeto y profesionalismo su punto de vista respecto a esa decisión.
- El Coach Miembro de ICMF podrá terminar la relación con el Cliente o Coachee bajo las siguientes circunstancias:
- El Coach Miembro de ICMF respetará el derecho del Cliente o Coachee para dar por concluida la relación en cualquier momento, según el acuerdo. No obstante, transmitirá con respeto y profesionalismo su punto de vista respecto a esa decisión.
El Coach Miembro de ICMF podrá terminar la relación con el Cliente o Coachee bajo las siguientes circunstancias:
A. Cuando perciba razonablemente que el Cliente o Coachee no necesita de sus servicios durante más tiempo.
B.
Cuando se dé cuenta que el Cliente o Coachee no está obteniendo beneficios esperados en las sesiones.
C. Cuando considere que no puede atender apropiadamente al Cliente o Coachee, o que el tipo de atención que el sujeto está demandando queda fuera de su ámbito profesional.
D.
Cuando considere que el cliente puede ser dañado, si el tratamiento se prolonga en el tiempo.
E.Cuando el compromisos del acuerdo se rompió por parte del Cliente o Coachee o han transgredido los límites establecidos.
F.Cuando existe peligro de daño a sí mismo, al Cliente, al Coachee o a terceros.
- En cualquier caso, el Coach Miembro de ICMF comunicará al Cliente o Coachee de manera asertiva y con sensibilidad los argumentos para finalizar la relación. Además, dará un plazo de tiempo razonable para gestionar el cierre del proceso.
- El Coach Miembro de ICMF comunicara al Cliente o Coachee, al patrocinador, a los empleados de las organizaciones y a otros, las responsabilidades establecidas en este Código.
C. Conducta profesional ex post la relación con el cliente o el coachee
- El Coach Miembro de ICMF mantendrá la confidencialidad respecto a su Cliente o Coachee; incluso, una vez terminada la relación.
- Una vez terminada la relación, el Coach Miembro de ICMF eliminará toda información que surja de la relación, incluidos archivos electrónicos y comunicaciones, de manera que se salvaguarde la confidencialidad, seguridad y privacidad.
- El Coach Miembro de ICMF no genera dependencia, e incentivará al Cliente o Coachee a que desarrolle su vida con los nuevos aprendizajes adquiridos en su proceso. Recomendará que pase un tiempo adecuado antes de volver a intervenir nuevamente.
- El Coach Miembro de ICMF hará un seguimiento periódico sobre la evolución de su Cliente o Coachee.
- El Coach Miembro de ICMF se mantendrá en crecimiento continuo respecto a nuevas tecnologías, prácticas, requerimientos legales y estándares, que sean relevantes para la profesión del coach.
- El Coach Miembro de ICMF tiene como brújula: “Si no estamos creciendo, estamos muriendo”. Por lo tanto, es consciente y responsable de mantener actualizada continuamente su Caja de Herramientas.
Confidencialidad
- El Coach miembro de ICMF protegerá la información que provenga de sus Clientes o Coachees ex ante, durante y ex post la relación profesional.
- Uno de los valores más importantes que tiene internalizado un Coach miembro de la ICMF es la confidencialidad. En tal sentido, el Coach Miembro de ICMF se asegurará de proporcionar las condiciones adecuadas para llevar adelante las sesiones y garantizando la confidencialidad y privacidad.
- Cuando corresponda, en los procesos de formación, el Coach Miembro de ICMF que asume las funciones de supervisor, también se compromete a preservar el anonimato del cliente o coachee.
- El coach miembro de ICMF no revelará información confidencial bajo ninguna circunstancia, excepto cuando perciba que existe algún riesgo para la salud o la vida del Cliente o Coachee y/o para la salud o la vida de personas de su entorno. En este caso, cualquier revelación debe hacerse de acuerdo a las leyes que protejan el bienestar del Cliente o Coachee, de su familia y del público en general.
- El Coach miembro de ICMF es responsable de velar por el cumplimiento de la ética, la fidelización de valores y principios del Coaching en todo momento, ya sea en su relación con el cliente o coachee o como formador.
- Durante todo el proceso, el Coach miembro de ICMF respetará y cumplirá todos y cada uno de los acuerdos en el contexto de su relación con el Cliente o Coachee.
Procesos de formación
- El Coach miembro de ICMF garantiza que los programas de formación y capacitación cumplen con estándares internacionales de la profesión.
- El Coach miembro de ICMF que entrene a otros Coaches es transparente y diligente respecto a las ofertas de formación y capacitación.
- El Coach miembro de ICMF que entrena a otros coaches, es responsable de difundir este Código de Ética e incentivar que otros colegas se adhieran y lo respeten.
- El coach miembro de ICMF es consciente de sus limitaciones al entrenar a otros Coaches y, cuando sienta que su experiencia es insuficiente en algún área específica, transferirá al aprendiz a otro Coach u otro programa de entrenamiento.
- El Coach miembro de ICMF no copia el trabajo o material de otros colegas, sin el previo permiso escrito de su autor.
- El Coach miembro de ICMF asume la responsabilidad y el crédito solo por su propio trabajo, y siempre otorga la atribución y mención adecuada cuando usa total o parcialmente el trabajo de otros colegas.
Declaración
La International Coaching and Mentoring Federation (ICMF), es una organización que no se responsabiliza con el accionar de los Coaches miembros de la Federación, porque entiende que la Coherencia (Pensar – Sentir – Actuar) desde el SER, es el valor más importante de un Coach; excepto en los procesos de acreditación donde se validan algunos requisitos.
Por lo tanto, los Coaches miembros y acreditados son responsables de sus intervenciones y de los resultados de las mismas, ya que también queda entendido que el valor de los valores (la confianza) es piedra angular de las relaciones. No se efectúan supervisiones permanentes, excepto cuando existen denuncias.
¿Qué hacemos cuando se infringe el código?
Si un Cliente, Coachee o patrocinador considera que se ha vulnerado o transgredido este Código, puede contactar directamente a la ICMF, para solicitar en primera instancia que se escuche su inquietud y luego recibir asesoramiento para proceder.
Por lo tanto, los Coaches mSi el Cliente, Coachee o patrocinador quedaran insatisfechos, puede presentar una queja formal a la junta de directores, la cual evaluará la situación y, si es necesario, iniciará una investigación.
Finalmente se emitirá un informe sobre las resoluciones y/o sanciones establecidas.